Ganas de Escribir. Página web de Juan Torres López

El presidente del gobierno de España no conoce la Constitución que dice defender

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8 comentarios

Jordi 23 de septiembre de 2015 at 03:57

Es que la Constitución no sale en el Marca

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Francesc 23 de septiembre de 2015 at 10:50

Este señor ignorante es el que reparte las responsabilidades de gobierno a otros que ya hemos podido comprobar de que «a tal palo tal astilla» (ignorantes supinos)y toda clase de corruptos.
Esta es la clase de personas que NOS MALGOBIERNAN a las pruebas me remito, véase las actuaciones de todos ellos a lo largo de su mandato.
Considero que el pueblo le da el mandato de ser gobernado, pero éste que lo ejerce debe hacerlo ganándose dicha confianza en el día a día y todas y cada una de las actuaciones que realice.
El que gobierna no puede ejercer como tal, cuando dicha confianza ha quedado mermada o rota, esa es la forma que a mi criterio es la forma de gobernar.

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Javier 23 de septiembre de 2015 at 11:26

Parece mentira que al Sr Presidente le hayan cazado en una cuestión tan simple. Si Cataluña se independiza, está claro que un catalán perderá su condición de español y en consecuencia de ciudadano europeo, al igual que si se nacionaliza andorrano o chino.
Causa inquietud que un señor que toma -o debe tomar- decisiones tan importantes cada día que nos afectan a todos los ciudadanos españoles, no sea capaz de hilvanar una respuesta lógica a una pregunta tan inocente.

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pilar 23 de septiembre de 2015 at 12:14

Si es que le falta una marea, o un hervor o ambas cosas.

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Jordi 25 de septiembre de 2015 at 01:54

Entrevistador.-¿Qué pesa más, un kilo de plomo o un kilo de paja?
Rajoy Brey.-Por supuesto, pesa más un kilo de plomo. Es de sentido común que el plomo pesa más que la paja. Por lo tanto, pesa más un kilo de plomo. Oiga, es que son cosas elementales, de sentido común, que cualquiera entiende…

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Borja 25 de septiembre de 2015 at 09:55

Y semejante personaje ha llegado a Presidente de nuestro Gobierno, pero no sorprende, porque ahí está, no paran de salir casos de corrupción, casos en los que hay que tener mucha jeta para no ponerse ni coloraos, pues bien, ni coloraos que se ponen.. y ¿cuánto apostáis a que ganan las elecciones aunque sea sin mayoría? pues eso, tenemos lo que la mayoría se merece.

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lucas 26 de septiembre de 2015 at 10:46

Me parece que quién no conoce la Constitución es usted.Los españoles de origen no pierden la nacionalidad siempre que no renuncien a ella, debiendo existir además un tratado de doble nacionalidad en el que se reconozcan ambas nacionalidades a la vez.¿Qué le hace pensar a usted que en el supuesto de que exista un Estado catalán, éste no iba a obligar a la renuncia de la nacionalidad española?, ¿Qué le hace pensar a usted que España iba a firmar ese tratado de doble nacionalidad?.
De Economía no sé, pero de Derecho anda PEZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZ

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Jano 28 de septiembre de 2015 at 17:29

Buenas a todos.
Tema complicado el que nos ocupa.
Lo de «no saberse la Constitución» -por lo demás- no debe pillarnos a nadie de susto. En realidad: ¿quién se sabe la Constitución?…¡ojo que no estoy diciendo quién cree que se la sabe!, si no ¿quién se la sabe realmente?… Hay muchos «peces» naufragando en este mar.
La pérdida o adquisición de la nacionalidad española, aunque aparentemente es sencillo, es mucho más complejo de lo que parece. Habría mucho que decir tanto en un sentido como en otro, sobre todo teniendo en cuenta que español es «el que lo es de origen». Inicialmente, cualquier ciudadano que vive en un territorio que en un momento dado pudiera segregarse, al menos en principio, es español de origen. (Ya no quiero hablar, si -además- como es el caso que nos ocupa, muchos de los padres de esos ciudadanos son españoles con origen en territorio «español».
Salvo que cada uno de los ciudadanos que vivan en Cataluña , voluntariamente, renunciara a la nacionalidad española, y el gobierno aceptara la renuncia…porque el punto 2 lo dice clarito: «Ningún español (se entiende que de origen) podrá ser privado de la nacionalidad española…incluso (punto 3) aunque el país en el que resida no conceda reciprocidad….
No seamos simplistas. Creo que un profesor de Derecho Constitucional, tendría que echar un ratito a pensar qué ocurriría en tal supuesto.
Si a eso añadimos que los artículos de la Constitución no suelen venir como suplemento en el «Marca» pues efectivamente…..

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